Términos y condiciones

Transporte de animales

Términos y condiciones


1) Los perros de asistencia viajan gratis en el servicio de transporte, acompañando a sus dueños. El concepto de perro de asistencia abarca las siguientes categorías de perros:

a) Perro guía, un perro adiestrado o en proceso de adiestramiento para asistir a una persona con discapacidad visual;

b) Perro para sordos, perro adiestrado o en proceso de adiestramiento para asistir a personas con discapacidad auditiva;

c) Perro de servicio: un perro adiestrado o en proceso de adiestramiento para asistir a una persona con una discapacidad mental, orgánica o motriz.

2) Se permitirá el transporte de animales de pequeño porte (perros, gatos, pequeños roedores) en el habitáculo si el animal viaja acompañado, debidamente acondicionado en un contenedor adecuado [35L/40C/26cm altura] (artículo 3º párrafo c) de la legislación portuguesa: “…material resistente, lavable, de fácil desinfección y estanco, para evitar ensuciar el vehículo de transporte”.) y si está en buen estado de salud e higiene, tal y como estipula la Orden Ministerial 968/2009 de la legislación portuguesa. El transporte del animal estará sujeto a la adquisición del billete para animales del viaje que se vaya a realizar. Los animales de compañía no pueden, bajo ninguna circunstancia ocupar un asiento de los vehículos destinados a transporte público (Orden ministerial 968/2009, artículo 2.º, párrafo 3 de la legislación portuguesa) deberá ocupar el espacio de suelo perteneciente al asiento adquirido. Deberá tener en cuenta la legislación suplementaria que regula el transporte de bultos en autobús, descrita en el Decreto Ley n.º 9/2015, artículo 7.º, párrafo e) de la legislación portuguesa, “Colocar en los lugares reservados para la colocación de bultos que por su contenido, naturaleza o forma puedan caer o molestar al resto de pasajeros en caso de colisión, parada brusca y otras causas en el interior del vehículo.” La seguridad del contenedor del animal durante el viaje es responsabilidad del dueño ante el resto de pasajeros.

SERVICIO INTERNACIONAL:

No se admiten animales abordo de los autobuses de servicio internacional, excepto perros guía que acompañen a una persona invidente.

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